Los seguros de vida son una de las pólizas más contratadas en España y con un mayor índice de crecimiento anual, alrededor de un 50% de los españoles cuenta con uno. La tranquilidad y protección ante imprevistos que ofrece, la seguridad que da a la familia y los beneficios fiscales que tiene lo hacen uno de los seguros más interesantes
Pero como en la contratación de cualquier seguro, la aseguradora establece una serie de requisitos y documentos a aportar para otorgar esa póliza (o no).
Requisitos para contratar seguro de vida
Estas son los requisitos que vas a tener que cumplir para poder contratar un seguro de vida:
Edad. Para contratar un seguro de vida, como viene establecido en Ley del Contrato del Seguro, hay que ser mayor de edad. Aunque en casos excepcionales los menores de 18 años y mayores de 14 pueden hacerse uno, siempre y cuando el tutor legal dé su conformidad y el tomador no sea el menor de edad.
En cuanto a la edad máxima que imponen las aseguradoras, que suele ser de 65 años, sin embargo, puede que la compañía ponga trabas o quiera tener más certezas sobre el asegurado a partir de los 58 años, dependiendo de su estado o del tipo de seguro de vida que quiera contratar.
País de residencia. Hay que probar que el país de residencia es el país donde se va a realizar la póliza, España en este caso. Es obligatorio que la residencia fiscal del asegurado sea en España o en caso de no ser español, haber vivido 6 meses como mínimo en en el país para poder asegurarse.
Interés lícito. Que la motivación para contratar el seguro de vida no sea fraudulenta, quedará exenta de pago la póliza si la aseguradora ve indicios de contratación poco legítima.
No mentir. La aseguradora tiene que tener claro antes de otorgar esta póliza que la información que detalle el asegurado es totalmente veraz. Que su estado físico es el que dice que es, que todo lo susceptible de ser relevante para esta contratación es 100% verídico. Para asegurarse de esto realizarán un cuestionario médico porque puede haber ciertas circunstancias (dolencias, enfermedades, operaciones, hábitos, estado actual) que varíen la prima del seguro o que revoquen el pago de la indemnización. El interés en contratar la póliza ha de ser asegurable.
Otros factores. Al hilo de lo anterior, hay ciertos factores que pueden condicionar si obtienes la póliza o no. Más allá de los comentados (edad o historial médico), tus hábitos o estilo de vida (fumar, tendencias insanas, sobrepeso…), si tienes alguna enfermedad grave y/o crónica, si estás incapacitado legalmente para actuar tomar este tipo de decisiones o tu profesión pueden no otorgarte el seguro de vida. Hay algunas profesiones con las que las aseguradoras prefieren no trabajar (pilotos, bomberos. boxeadores…) o que tienen pólizas específicas para ellos.
Documentos para contratar un seguro de vida
Siendo más concretos, hay una serie de documentos que serán los que te pidan en la aseguradora para concederte el seguro de vida.
DNI. Aportar el original y una copia del documento de identidad.
Cuestionario de salud. El documento oficial donde responderás todas las preguntas sobre tu estado de salud. Y que como hemos dicho anteriormente, deberás responder con total honestidad, la aseguradora se reserva la opción de contactar con el asegurado para verificar, y ampliar, la información médica. Todo queda reflejado en un documento que deberás rellenar y entregar a la aseguradora.
Revisión médica. En ciertos casos como para la contratación de un seguro de vida con capital por encima de 100.000 €, si ya tienes una cierta edad o si tienes un historial médico con datos relevantes (operaciones, enfermedades…), la aseguradora podrá pedirte una revisión médica. Los resultados de la revisión médica quedarán establecidos en un documento que, o el centro médico o tú, mandaréis a la compañía.
Póliza del Seguro. El documento que vincula a la aseguradora y al asegurado, donde se establecen las condiciones, coberturas, exclusiones y obligaciones de ambas partes. Es el contrato del seguro de vida en sí mismo, donde se verán ( y tendrás que comprobar) los beneficiarios que has escogido, la prima del seguro, las coberturas que has escogido, el tipo de seguro de vida.
Suplemento de póliza. Esto vendría a posteriori, es donde van quedando escritos de forma oficial los cambios que suceden en la póliza; si se cambian beneficiarios, si hay variación en la prima, si quieres aportar mayor capital… todo queda en este documento que supondrá una variación de la anterior póliza y que tiene que ser firmado por ambas partes.
En otra fase de los seguros de vida se establecen unos requisitos, pero esta vez para poder cobrarlo, dependerá también de si es para cobrar un seguro de vida por incapacidad o por fallecimiento:
Por fallecimiento:
Seguro de vida. El registro de la póliza que tuviera el asegurado.
Certificado de Defunción. Documento oficial donde conste el fallecimiento del asegurado.
Certificado Médico. Documento expedido por el profesional que pueda atestiguar el origen de la muerte, como se ha producido el fallecimiento.
Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Una copia del modelo 650 de la Agencia Tributaria de autoliquidación de este impuesto totalmente rellenado y liquidado.
Último Testamento. Documento oficial que pruebe las Últimas Voluntades y una declaración oficial de sus herederos.
DNI del asegurado. O el acta de nacimiento.
Libro de Familia. En caso de que el beneficiario sean los descendientes.
Certificado de Matrimonio. En caso de que el beneficiario sea el cónyuge.
Número de cuenta del beneficiario.
Por incapacidad absoluta:
Certificado de Incapacidad. Lo emite el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde queda oficialmente demostrado que el asegurado tiene esa condición.
DNI. Pasaporte, NIF, documento oficial del asegurado.
Certificado médico. Donde se muestre el origen, el por qué de la enfermedad y la evolución que ha tenido la condición que le otorga esa incapacidad.
Póliza de vida. El documento que pruebe la relación contractual entre aseguradora y asegurado.
Número de cuenta del beneficiario.
Último recibo. Se pide el último recibo del seguro de vida como comprobación de los pagos.
Fuente de la incapacidad. La Mutua de Trabajo expide un documento para la fuente de la incapacidad, si el origen es laboral o no.
¿Qué coberturas elijo en mi Seguro de Vida?
Tipo de seguro
FALLECIMIENTO
FALLEC. + INVALIDEZ
DOBLE CAPITAL
TRIPLE CAPITAL
Precio por año
Desde 20 €/año
Desde 45 €/año
Desde 67 €/año
Desde 90 €/año
Fallecimiento por cualquier causa
Invalidez Permanente Absoluta
Doble capital en caso de fallecimiento por accidente
Triple capital en caso de accidente de circulación