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Uno de los aspectos más importantes al contratar la póliza de vida es saber quienes van a poder disfrutar de las ventajas de este seguro, saber quienes recibirán ese dinero en caso de fallecimiento o incapacidad. Tener clara toda la teoría sobre quién es el tomador, el beneficiario y cómo funciona el seguro contratado es algo básico y fundamental para ahorrarse sustos futuros.
Primero de todo, hay que dejar claro qué partes intervienen en la contratación y el cobro del seguro de vida que son, principalmente, el tomador y el beneficiario:
Además de estos 2, también está la parte intermediaria que sería la compañía aseguradora, que es quien ofrece la póliza de vida, con sus coberturas, condiciones…
En caso de invalidez permanente, normalmente será el propio asegurado quien cobrará la indemnización, y así poder hacer frente a esa nueva situación con algo de dinero extra.
Sin embargo, esto puede variar dependiendo de las condiciones y términos específicos del contrato de seguro, es fundamental revisar cuidadosamente las cláusulas y condiciones de la póliza para conocer quién tiene derecho a recibir el pago en caso de incapacidad.
Lo más habitual es que la aseguradora pida todas las pruebas médicas relativas a la incapacidad, certificado del INSS y documentación adicional para demostrar la invalidez y así proceder al pago del seguro.
Si el beneficiario fallece, será el beneficiario designado en la póliza del seguro quien cobrará la cantidad acordada en caso de fallecimiento del asegurado, es el mismo tomador el que tiene que hacer esta designación.
Si no se ha designado un beneficiario, el dinero del seguro se pagará a los herederos legales del asegurado.
El beneficiario designado es quien cobra el seguro de vida en caso de fallecimiento del titular, el beneficiario puede ser una persona, una entidad o una organización designada por el titular del seguro de vida.
Si el titular del seguro de vida no hubiera designado un beneficiario, el dinero de la póliza se entregaría a los herederos legales del fallecido, de acuerdo a la Ley Española. El orden establecido es el siguiente, salvo que la Comunidad Autónoma pertinente lo especifique de otra forma:
Cuando se llega a este punto, puede haber un proceso para determinar quiénes son los herederos legales y distribuir el dinero del seguro de acuerdo a las leyes aplicables. Sabiendo que este proceso puede ser largo y complicado, lo más recomendable es designar un beneficiario en la póliza para evitar problemas y retrasos en el cobro del seguro.
El seguro de vida contratado por una empresa para sus trabajadores tiene el mismo funcionamiento que un seguro de vida riesgo normal, aunque en los seguros de vida colectivos sí que es más común encontrarse con que no hay beneficiarios designados.
Los beneficiarios designados por los titulares de la póliza, los trabajadores, serán quienes cobren la cantidad asegurada en caso de fallecimiento del titular.
El beneficiario suele ser un familiar cercano, un amigo o, incluso, una organización. En caso de que no haya designado un beneficiario, el dinero de la póliza se entregará a los herederos legales del titular del seguro.
Si tienes alguna duda sobre quién cobra el seguro de vida, si quieres contratar uno o solo estás buscando información sobre estas pólizas, puedes contactar con nosotros sin problema, disponemos de asesores especializados que te ayudarán en todo.
Tipo de seguro | FALLECIMIENTO |
FALLEC. + INVALIDEZ |
DOBLE CAPITAL |
TRIPLE CAPITAL |
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Precio por año | Desde 20 €/año | Desde 45 €/año | Desde 67 €/año | Desde 90 €/año |
Fallecimiento por cualquier causa | ||||
Invalidez Permanente Absoluta | ||||
Doble capital en caso de fallecimiento por accidente | ||||
Triple capital en caso de accidente de circulación |